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Mostrando entradas de abril, 2015

Empleados Industria del Vidrio. CCT 683/2014. Escalas Salariales 2015.

Mediante Resolución (ST) 492/2015 el Ministerio de Trabajo homologo las nuevas escalas salariales vigentes desde el 1 de Abril de 2015 para el personal de la industria del vidrio comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 683/2014. RESOLUCIÓN (ST) 492/2015 VISTO: El Expediente N° 1.667.724/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.667.724/15 luce un acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL VIDRIO Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por la parte gremial, y la CÁMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE VIDRIO, la CÁMARA DEL VIDRIO PLANO Y SUS MANUFACTURAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la CÁMARA ARGENTINA DE INDUSTRIAS ÓPTICAS Y AFINES, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 683/14 , ratificado a fojas 37, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociació

Contrato a Plazo Fijo: ¿Se debe notificar el preaviso de terminación del contrato?

Contrato a Plazo Fijo.  Toda vez que la Ley de Contrato de Trabajo establece como regla general que la relación laboral es por tiempo indeterminado, el contrato a plazo fijo se constituye en una excepción a dicha regla. (Artículo 90 LCT) El contrato a plazo fijo es aquel mediante el cual el empleador contrata al trabajador por un plazo determinado, no tiene plazo mínimo pero el máximo del contrato son cinco años. Este contrato debe formalizarse por escrito. Ahora bien, si en el propio contrato firmado entre las partes se establece el período de duración del mismo: ¿es necesario realizar por medio fehaciente el preaviso de terminación del contrato? Si. La notificación está expresamente contemplada en el artículo 94 de la LCT, en donde se establece que el empleador debe preavisar la extinción del contrato con una anticipación no menor de un mes ni mayor de dos meses con respecto a la fecha de finalización del contrato pactada por las partes. La única

Empleados Agencias de Publicidad. CCT 57/1989. Escalas salariales 2015.

El Sindicato Único de la Publicidad, entidad que representa a los trabajadores comprendidos en el CCT 57/1989 de Agencias de Publicidad ha dado a conocer las nuevas escalas salariales vigentes por el período comprendido entre abril de 2015 y marzo 2016. El incremento salarial se abonará en tres tramos, no acumulativos, con vigencia a partir de los meses de abril, julio y octubre de  2015, respectivamente. Los % de incrementos de los sueldos calculados sobre los importes vigentes al mes de marzo de 2015 son de 15%, 9% y 8% lo que representa un aumento de punta a punta del 32%. Las mencionadas escalas salariales se encuentran, hasta el momento, pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Para consultar las escalas salariales de cada categoría ingresa:  Empleados de Agencia de Publicidad Escalas Salariales 2015

Obreros Textiles. CCT 500/2007. Suma a cuenta de aumentos 2015.

Con fecha 31 de Marzo de 2015 las partes representativas de la industria textil: Asociación Obrera Textil de la República Argentina (AOT) por la parte sindical y Federación Argentina de Industrias Textiles FADIT (FITA) por la parte patronal han suscripto un acuerdo salarial que comprende los meses de abril a junio de 2015 para los obreros textiles comprendidos en el CCT 500/07. En dicho acuerdo se establece el pago de una suma de $ 2.100, neta de descuentos por cargas sociales o sindicales, a abonarse en 3 cuotas de $ 700 cada una. El pago de cada una de ellas vence el 20 de abril, 8 de mayo y 5 de junio de 2015, respectivamente. Para poder percibir estas sumas en forma íntegra el empleado deberá estar vinculado laboralmente con su empleador a cada mes de devengamiento y con una antigüedad mayor al 31-12-2014. Para aquellos trabajadores que ingresaron con posterioridad a dicha fecha las sumas se abonarán en forma proporcional al período trabajado. Las sumas

Empleados Industria del Vestido. CCT 626/11. Escalas Salariales 2015.

La FEDERACIÓN OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (FONIVA) por la parte sindical y  la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (FAIIA) han suscripto con fecha 9 de Abril de 2015 las nuevas escalas salariales vigentes para el personal de la Industria del vestido incluidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 626/2011. Las nuevas escalas salariales corresponden al período comprendido entre el 01/04/2015 y hasta el 31/03/2016. 1) ESCALAS SALARIALES 01/04/2015 A 31/03/2016 Se establecen las nuevas escalas salariales para el período 01/04/2015 hasta el 31/03/2016. El aumento de sueldos se implementará en dos etapas: a)      Para el período 01/04/2015 a 30/09/2015 se establece un 15 % de aumento calculado sobre los salarios vigentes al 31/03/2015. b)      Para el período 01/10/2015 a 31/03/2016 se establece un 15,50 % de aumento calculados sobre los salarios básicos establecidos al 31/03/2015. Es decir que el incremento total es de un

Empleados de Farmacia. CCT 414/2005. Escalas Salariales desde Abril 2015.

La Asociación de Empleados de Farmacias (A.D.E.F.) ha dado a conocer las nuevas escalas salariales por el período Abril de 2015 a Marzo de 2016 aplicables a todos los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 414/2005. Al respecto, las nuevas escalas salariales establecen que el incremento de sueldos se realizarán en tres tramos en los meses de de abril, agosto y noviembre de 2015. La información ha sido publicada en la página de Internet de la Asociación de Empleados de Farmacia y la misma se encuentra, a la fecha, pendiente de homologación. Resumen del acuerdo. Se establece: a) El pago de una suma no remunerativa incremental en tres tramos: 1) Período Abril a Julio de 2015 y que representa un 20 % sobre los básicos a Abril de 2015. 2) Período Agosto a Octubre de 2015 y que representa un 28 % sobre los básicos a Abril de 2015. 3) Período Noviembre a Diciembre de 2015 y que representa un 33,50 % sobre los básicos a Abril de 2015. b)

Empleados Textiles. CCT 123/1990. Suma a cuenta de aumentos 2015.

Con fecha 31 de Marzo de 2015 las partes representativas de la industria textil: Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA) por la parte sindical y Federación Argentina de Industrias Textiles FADIT (FITA) por la parte patronal han suscripto un acuerdo salarial que comprende los meses de abril a junio de 2015 para todos los empleados textiles comprendidos en el CCT 123/1990. En dicho acuerdo se establece el pago de una suma de $ 2.520, neta de descuentos por cargas sociales o sindicales, a abonarse en 3 cuotas de $ 840 cada una. El pago de cada una de ellas vence el 20 de abril, 8 de mayo y 5 de junio de 2015, respectivamente. Para poder percibir estas sumas en forma íntegra el empleado deberá estar vinculado laboralmente con su empleador a cada mes de devengamiento y con una antigüedad mayor al 31-12-2014. Para aquellos trabajadores que ingresaron con posterioridad a dicha fecha las sumas se abonarán en forma proporcion

Escalas Salariales 2015. Pastas Frescas. CCT 289/1995.

El Sindicato de Trabajadores de la Industria de Pastas Alimenticias, publicó las nuevas escalas salariales aplicables a los trabajadores de empresas y/o fabricas de Pastas Frescas comprendidos en  el CCT 289/1995. La vigencia del acuerdo será de un año a partir del 1 de marzo de 2015 y hasta el 28 de febrero de 2016 inclusive y representa un incremento salarial del 35% anual. Se establece un incremento salarial que se pagará en tres etapas con vigencia a partir de marzo (12%), julio (12%) y noviembre de 2015 (11%). TABLA DE SALARIOS DE PASTAS FRESCAS Marzo / Jun.   2015 12% Julio/ Oct. 2015 12% Nov. / Feb.   2015 / 2016 11% -- 1) Capataz o Encargado General 12.705,00 14.067,00 15.314,00 -- 2) Encargado de Turno o Encargado de Sección 11.375,00 12.594,00 13.711,00 -- 3) Oficial, Oficial de mantenimiento, Químico, Conductor de Camión y Corredor y/o Viajantes 10.312,00 11.417,00 12.429,00 -- 4) Conductor de Camione

Escalas Salariales 2015 Estaciones de servicio Provincia de Buenos Aires. CCT 488/2007

Mediante la Disposición (DNRT) 95/2015 Se homologan las nuevas escalas salariales para los empleados de Estaciones de Servicio de la Provincia de Buenos Aires comprendidos en el CCT 488/2007. El incremento salarial se realizará en dos tramos con las siguientes vigencias: a) Abril de 2015 b) Julio de 2015 También se establece el pago de una contribución extraordinaria con destino a la Obra Social de $ 1.000 por cada trabajador, que será pagada en dos cuotas de $ 500 cada una en los meses de mayo y agosto de 2015. DISPOSICIÓN (DNRT) 95/2015 VISTO: El Expediente N° 1.659.618/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que a fojas 6/7 y escalas salariales de fojas 10/11 luce un acuerdo salarial celebrado por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y GNC, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS y la FEDERAC