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Empleados Sanidad CCT 122/75 Sueldos 2014 y 2015


La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y las distintas Cámaras de Entidades de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y Geriátricos han suscripto con fecha 26 de Junio de 2014 un nuevo acuerdo salarial aplicable a todos los empleados comprendidos por el Convenio Colectivo 122/75:  Comprende al personal técnico, administrativo y de maestranza de Clínicas, Sanatorios, Institutos con internación, Establecimientos Geriátricos y Sanatorios de Neurosiquiatría.

La vigencia del acuerdo será de un año a partir del 01/07/2014 y hasta el 30/06/2015


Principales modificaciones:
1) Se establece un aumento de los salarios básicos de todos los trabajadores incluidos en el Convenio Colectivo 108/75 que se hará efectivo en tres tramos acumulativos, el primero a partir del 1º de Julio de 2014 (18%), el segundo a partir del 1º de Octubre de 2014 (10%) y el tercero a partir del 01 de Febrero de 2015. (3%).
Para consultar los importes correspondientes a cada una de las distintas categorías comprendidas en el Convenio Colectivo ingresá:

2) En caso de licencia por  maternidad las empresas deberán garantizar a las trabajadoras que accedan a cobrar la asignación por maternidad que el monto que perciban no sea afectado por el efecto de la aplicación de las suman no remunerativas pactadas en acuerdos colectivos anteriores, para ello las empresas optarán por pagar la diferencia como gratificación extraordinaria o transformaran en remunerativas la totalidad de la remuneración.

3) Los aumentos salariales otorgados por los empleadores durante el año 2014 en concepto de “a cuenta de futuros aumentos” podrán ser absorbidos hasta su concurrencia.

4) Aquellas empresas que acrediten fehacientemente dificultades económico-financieras para hacer frente al acuerdo salarial, podrá negociar con el sindicato de primer grado afiliado a FATSA que corresponda, la adecuación de los plazos de vigencia de las cláusulas del acuerdo.

5) Contribución extraordinaria: Las empresas deberán realizar una contribución extraordinaria a favor de FATSA de $ 556,00 por cada trabajador y que será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 55,60 a partir del mes de julio de 2014. Esta cuota no se pagará por los meses de Diciembre de 2014 y por Junio de 2015.

6) Cuota de solidaridad: Se establece para todos los empleados la aplicación de un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual durante la vigencia del acuerdo. Los trabajadores afiliados al sindicato compensaran este aporte con el pago de la cuota asociacional.

Para leer el acuerdo completo: Sanidad Escalas Salariales 2014-2015


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