La Unión de Trabajadores del Turismo Hoteleros y Gastronómicos
de la República Argentina (UTHGRA) y
la Federación Empresaria Hotelero Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) han firmado el nuevo acuerdo
que establece las escalas salariales para el período comprendido desde el 1 de
Junio de 2014 y hasta el 31 de Mayo de 2015 para todos los trabajadores gastronómicos
incluidos en el Convenio Colectivo de
Trabajo 389/2004.
Acuerdo homologado por Resolución (ST) 1390/2014 del 26/08/2014.
Acuerdo homologado por Resolución (ST) 1390/2014 del 26/08/2014.
Principales
modificaciones introducidas por el acuerdo:
1) GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA POR ÚNICA VEZ –
DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO
Se aprobó el pago de una "Gratificación Extraordinaria
por única vez – de carácter NO remunerativo" que se pagará en 4 (cuatro)
cuotas a efectivizarse cada una de ellas conjuntamente con los haberes de JUNIO
– JULIO – NOVIEMBRE y DICIEMBRE, y cuyo
importe da la Categoría profesional se detalla en cada Anexo suscripto (ver al
final del post).
La Gratificación se deberá detallar por separada en los
recibos de haberes bajo la denominación de “Acuerdo Salarial 2014 –
Gratificación Extraordinaria No Remunerativa”
Esta Gratificación solo se encuentra sujeta a la retención a
realizar al trabajador del 2,50 % con destino al Sindicato de Gastronómicos.
2) ADICIONAL DE CARÁCTER REMUNERATIVO
Se estableció el pago para los meses de Agosto de 2014 a Abril de 2015 de un adicional
remunerativo, que no se incorpora a los básicos; cuyo monto se detalla en las
planillas Anexas para cada zona, nivel profesional y categoría del
Establecimiento (ver al final del post).
Este adicional se debe detallar por separado en los recibos
bajo el concepto: "Acuerdo Salarial 2014 - suma remunerativa" sin
incorporarlos a los básicos.
3) INCORPORACIÓN A
LOS BÁSICOS
Desde el mes de Mayo de 2015 la suma Remunerativa se
incorpora en forma íntegra a los básicos de Convenio.
4) CONTRIBUCIÓN
EMPRESARIA: ASISTENCIA SOCIAL-
En carácter excepcional y transitorio, como
"contribución especial empresaria" los empleadores pagara contribución
extraordinaria por única vez $ 300 por cada empleado. El pago se realizará en
tres cuotas de $ 100. - cada una a depositarse la primera a los 30 días de
homologado el presente acuerdo, la segunda a los 90 días de homologado el
presente y la tercera a los 120 días de homologado el presente.
5) CONTRIBUCIONES
EXTRAORDINARIAS Y SOLIDARIAS A CARGO DE LOS TRABAJADORES
5.1) Del 2,5% mensual del total de las sumas de Carácter No
Remunerativo – Clausula primera – Gratificación Extraordinaria No Remunerativa.
5.2) Del 2% mensual del total de las remuneraciones sujetas
a aportes y contribuciones legales durante la vigencia del presente Acuerdo, en
el caso de trabajadores afiliados a la UTHGRA el monto de la Cuota Sindical
absorbe el monto de la Contribución Especial Solidaria.
Para leer el acuerdo ingresa aquí: Acta Acuerdo Gastronómicos
Para consultar las escalas salariales: Escalas Salariales Gastronómicos 2014-2015
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