La Federación de Asociaciones de Trabajadores de
Comprende al personal técnico, administrativo y de maestranza de las Mutualidades del País.
La vigencia del
acuerdo será de un año a partir del 01/07/2014 y hasta el 30/06/2015
Principales
modificaciones:
1) Se establece
un aumento de los salarios básicos de todos los trabajadores incluidos en el
Convenio Colectivo 108/75 que se hará efectivo en tres tramos acumulativos, el
primero a partir del 1º de Julio de 2014 (18%), el segundo a partir del 1º de Octubre
de 2014 (10%) y el tercero a partir del 01 de Febrero de 2015. (3%).
Para consultar
los importes correspondientes a cada una de las distintas categorías
comprendidas en el Convenio Colectivo ingresá:Sanidad. Mutualidades. Escalas Salariales 2014-2015
2) En caso de
licencia por maternidad las empresas deberán garantizar a las
trabajadoras que accedan a cobrar la asignación por maternidad que el monto que
perciban no sea afectado por el efecto de la aplicación de las suman no
remunerativas pactadas en acuerdos colectivos anteriores, para ello las empresas
optarán por pagar la diferencia como gratificación extraordinaria o
transformaran en remunerativas la totalidad de la remuneración.
3) Los aumentos
salariales otorgados por los empleadores durante el año 2014 en concepto de “a
cuenta de futuros aumentos” podrán ser absorbidos hasta su concurrencia.
4) Aquellas
empresas que acrediten fehacientemente dificultades económico-financieras para
hacer frente al acuerdo salarial, podrá negociar con el sindicato de primer
grado afiliado a FATSA que corresponda, la adecuación de los plazos de vigencia
de las cláusulas del acuerdo.
5) Contribución
extraordinaria: Las empresas deberán realizar una contribución extraordinaria a
favor de FATSA de $ 556,00 por cada trabajador y que será abonada en 10 cuotas
mensuales de $ 55,60 a
partir del mes de julio de 2014. Esta cuota no se pagará por los meses de
Diciembre de 2014 y por Junio de 2015.
6) Cuota de
solidaridad: Se establece para todos los empleados la aplicación de un aporte
solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual durante la
vigencia del acuerdo. Los trabajadores afiliados al sindicato compensaran este
aporte con el pago de la cuota asociacional.
Para leer el acuerdo completo:Sanidad. Mutualidades. Acta Acuerdo 2014
Comentarios
Publicar un comentario