El Ministerio de Desarrollo Social realizó modificaciones en los planes sociales.
Mediante la Resolución 410/2022 creó el programa Potenciar
Empleo que se abonará todos los meses durante un año y será equivalente al 50%
del Salario Mínimo Vital y Móvil
Con este nuevo programa el Gobierno lanzó un programa
mediante el cual apunta a capacitar a personas desocupadas con el objetivo de
incentivar su contratación en el sector privado, y a la vez asistirá a las
empresas a pagar parte de los salarios.
El Ministerio de Desarrollo Social explicó que este nuevo programa
hace las veces “de línea de acción del Programa Nacional de Inclusión
Socio-Productiva y Desarrollo Local - ‘Potenciar Trabajo’ el ‘Potenciar Empleo’
cuya finalidad será la de generar los incentivos necesarios para que los
titulares y las titulares del programa puedan incorporarse al empleo asalariado
registrado en el sector privado”.
“Transformar planes sociales en trabajo genuino” es un
pedido que resuena en todos los espacios políticos pero que no ha encontrado
una propuesta efectiva. La situación social se agrava al ritmo de la inflación
galopante y los propios beneficiarios de la asistencia estatal le han reclamado
al gobierno nacional empleo formal ya que el dinero de la asistencia resulta
insuficiente para sobrevivir en un contexto de tanta vulnerabilidad.
De esta forma, el Salario Social Complementario pasará a
conformarse como un “incentivo para la inclusión laboral” siendo “una
prestación económica individual a los titulares del Programa” que opten por:
capacitarse con miras a la inserción laboral en el empleo asalariado registrado
en el sector privado, ya sea a través de un proceso de formación profesional o
por medio de un proceso de entrenamiento en el trabajo; o insertarse
laboralmente en el empleo asalariado en el ámbito privado.
Según especificó en la resolución que lleva la firma del
ministro Juan Zabaleta, el Gobierno busca “identificar las necesidades de
capacitación y formación profesional, las posibilidades existentes para
realizar entrenamiento en el trabajo y el desarrollo de inserciones laborales
en el empleo registrado asalariado, previo diagnóstico de los perfiles de
titulares de acuerdo a sus conocimientos, experiencias y habilidades para
actividades específicas”.
La medida está destinada a los titulares del Potenciar y de
aquellos programas que la cartera de Desarrollo Social incorpore a futuro. El
Gobierno aclaró que para que puedan incorporarse al empleo privado, las
personas “deberán contar con una antigüedad no inferior a los tres meses en el
Programa”.
“Las titulares y los titulares que participen de esta línea
de acción deberán asistir a los espacios de formación y capacitación
profesional por los que hayan optado, a las instancias de entrenamiento para el
trabajo en las que hayan ingresado o cumplir con sus responsabilidades
laborales en el marco de su inserción en el empleo según corresponda”, se
detalló.
El nuevo plan del Gobierno se abonará todos los meses
durante un año y será equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil, que
desde abril es de $38.940. “Dicha prestación es de carácter no retributivo e
intransferible, no pudiendo ser objeto de cesión, embargo o retención, salvo en
el caso de deudas derivadas de pensiones alimenticias reconocidas
judicialmente” y “su percepción implica la suspensión del cobro del Salario
Social Complementario”.
Como incentivo para las empresas, el Gobierno dispuso que
los empleadores podrán contabilizar como parte del salario el monto de la
prestación económica individual a cargo del Ministerio de Desarrollo Social y
“abonarán a las trabajadoras y trabajadores contratados, como mínimo, la
diferencia necesaria para alcanzar el salario establecido para la categoría
laboral que corresponda”.
No obstante, se precisó que la incorporación del personal se
realizará durante meses calendario enteros y continuos, debiendo comenzar la
relación laboral dentro de los primeros 5 días hábiles del mes de ingreso al
Programa. En el caso que ingrese al trabajo con posterioridad al mencionado
plazo, “la incorporación del trabajador al Programa sólo podrá aprobarse a
partir del mes siguiente, debiendo los empleadores abonar al trabajador el 100%
del salario correspondiente a los días trabajados con anterioridad a la
incorporación al Programa”.
El acceso al proceso de formación profesional, de
entrenamiento en el trabajo o de inserción en el empleo, se llevará a cabo a
través de la web www.portalempleo.gob.ar.
La cartera de Desarrollo Social aclaró que “producida la
discontinuidad del contrato de trabajo, las personas titulares tendrán la
posibilidad de volver a percibir la asistencia que establece el Programa
Potenciar Trabajo, si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social
no supera los 12 meses, dentro de los dos años anteriores al cese del contrato
laboral”.
“En el caso de que el período de cotizaciones al Sistema de Seguridad
Social se encuentre entre los 8 y los 12 meses dentro de los dos años
anteriores al cese del contrato laboral, las trabajadoras y los trabajadores
podrán optar entre la posibilidad de reingresar al programa de origen o acceder
a la prestación por desempleo”, se agregó.
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